El SIC Vs. El MinSalud
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, se hizo célebre por las multas multimillonarias a los carteles del cemento [1], del azúcar [2] y de los pañales [3]; multas que sin duda castigan prácticas contrarias a la libre competencia, pero que más parecen proteger la competencia per se, que a los consumidores. A nadie le han devuelto un centavo por haber pagado precios artificialmente elevados por los pañales, el cemento o el azúcar.
En realidad, si uno mira bien, los beneficiarios de la competencia por los precios del azúcar fueron los fabricantes de bebidas azucaradas. Beneficiarios que después fueron protegidos por el Superintendente cuando una organización de la sociedad civil se puso en la tarea de denunciar las funestas consecuencias para la salud del consumo inducido de bebidas azucaradas [4]. El Estado ayudando a la indefensa Coca Cola y la indefensa Postobón de la publicidad engañosa!!!!. ¿Qué tanto pudo influir semejante despropósito en el rechazo, sin siquiera haber podido llegar a la ponencia, del impuesto a las bebidas azucaradas que tanto le costó y le cuesta -y le va a costar- al Ministerio de Salud?
Pero en donde más ha perjudicado el Superintendente Robledo al Ministerio de Salud es en los temas relativos a las patentes y la propiedad intelectual. Y lo ha hecho con tal arrogancia, que solo parece compararse con la ignorancia sobre los temas de su propia cartera, curiosamente en beneficio de las multinacionales farmacéuticas. Preferible pensar que sea ignorancia.
Ha dicho recientemente el Dr. Robledo, para la revista Dinero [5], que “casi nadie se atreve a tocar las patentes” y ha puesto de presente su inconformidad con la intención del Ministro Gaviria de “estudiar” si el caso de los medicamentos para la hepatitis C pudiera ser un asunto de interés público que termine en una Licencia Obligatoria. Según el Dr. Robledo, las licencias obligatorias son un mecanismo “completamente excepcional que casi ningún país ha aplicado en el mundo”; y agrega que “sería la primera vez en Colombia y en la región”.
Bueno, ya se le ha notificado al Superintendente que Ecuador, país que, mire uno desde donde quiera mirar, queda en la misma región que Colombia, ha expedido, no una ni dos ni tres, sino al menos diez licencias obligatorias para 10 productos para el VIH-SIDA, el Cáncer, la Artritis y otras patologías de alto costo. Y Brasil expidió una para el efavirenz, producto para el VIH-SIDA.
Pero también parece ignorar el Superintendente que varios países de la Organización para Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han utilizado el recurso de las licencias obligatorias, porque es un elemento del sistema global de protección de la propiedad intelectual basado en el ADPIC y la Declaración de Doha.
Alemania, el año anterior, concedió una licencia para el raltegravir, otro producto para el VIH SIDA.
Italia, en la década pasada concedió licencia obligatoria para productos como el Imipenen-cilastatina, un antibiótico Beta Lactámico.
Para no hacer una lista agotadora de las licencias en Zambia, Zimbabue, Mozambique,Sudáfrica, Ghana, Eritrea, Tailandia, Malasia, India,Indonesia y de las solicitudes, ferozmente combatidas por las autoridades de patentes, en Chile, Perú, Colombia y Guatemala. / Lea toda la nota ->